Tener una instalación fotovoltaica no solo es poner las placas solares y listo. Obviamente, hay que seguir unos pasos para poder instalarlas y que entren en funcionamiento. Es de lo que os queremos hablar en este artículo, de los trámites que hay que seguir para una instalación fotovoltaica.

Instalar placas solares requiere de un equipo especializado y un técnico homologado para su realización. Como es lógico, las exigencias de una pequeña instalación no son las mismas que una de grandes dimensiones, aunque todas deberían de seguir un proceso para ser legales.

En Arona Systems, contamos con un equipo especializado en instalaciones de este tipo de instalaciones. Aquí puedes saber más sobre nuestro servicio de instalaciones solares fotovoltaicas.

Trámites Previos a la instalación Fotovoltaica

Antes si quiera de comenzar con el proyecto de instalación, hay una serie de trámites que hay que cumplir y que tienen que ver con el diseño del producto, así como diferentes permisos administrativos ineludibles.

Memoria Técnica del Proyecto

Independientemente de que sea un proyecto de autoconsumo o de venta de electricidad, es necesario tener una memoria  técnica. En el caso de pequeñas instalaciones, deberá de realizarlo un instalador autorizado, mientras que en grandes instalaciones hay que presentar un proyecto a cargo de un ingeniero.

Permisos de Acceso

Es necesario solicitar permiso a la empresa distribuidora de electricidad para conectarse a la red, cuando se trata de dos supuestos. Por un lado, si esta instalación se va a realizar en suelo rústico. Por otro lado, en suelo urbano, también se tiene que solicitar, en caso de que exceda de los 15kW y se tenga pensado verter el excedente a la red.

Declaración Responsable de Comunicación de Obra

Este tipo de documento sustituye en la mayor parte de las comunidades autónomas a la conocida licencia de obras. Para obras menores de 10 kW suele ser simplemente un aviso de ejecución de obra al ayuntamiento. En esta parte es necesario abonar el Impuesto de Construcción y Obras (ICIO) y que es bonificable al 95%, además de la tasa de prestación de servicios urbanísticos y el IBI, el cual suele tener también bonificaciones interesantes por parte de ayuntamientos, pudiendo alcanzar el 50%.

Autorizaciones Administrativas y Ambientales

Cuando se trata de una instalación de grandes dimensiones, se suelen necesitar una serie de autorizaciones antes de poder hacer una instalación fotovoltaica. Así, en el caso de que sea superior a 100 kW, es necesario una autorización ambiental y una autorización administrativa previa y de construcción, aunque pueda haber otras excepciones en función de la comunidad autónoma.

Trámites tras la Instalación

Tras la instalación, es necesario conseguir una serie de permisos y trámites para que comience a funcionar con todo en regla.

Certificado de Fin de Obra

Es necesario presentar un certificado de fin de obra, por parte del técnico, corroborando que se ha realizado el proyecto como se había estipulado.  Todo ello siempre y cuando la instalación sea mayor a los 10 kW. Cuando es menor. Es suficiente presentar en la consejería correspondiente de la comunidad autónoma el certificado.

Inspecciones

De nuevo, este trámite está pensado únicamente para grandes instalaciones de más de 100 kW. Esta inspección deberá de ser realizado por el Organismo de Control Autorizado.

Autorización de Explotación

Trámite vinculado a la autorización administrativa, solicitado a la pertinente comunidad autónoma y que hace referencia a la explotación de la instalación, el transporte y su distribución.  En el caso de instalaciones menores a 10 kW, no es necesaria dicha autorización.

Condiciones para que una instalación sea legal

Para que la instalación sea totalmente legal, se tienen que cumplir una serie de condiciones. En primer lugar, como hemos comentado, el instalador tiene que ser homologado. Asimismo, es necesario tener toda la documentación en el registro de la consejería de Industria de la comunidad autónoma, mediante boletín de la instalación.

Todos estos documentos los enviará la propia consejería a la distribuidora eléctrica, la cual deberá de ponerse en contacto con nosotros y adaptar el contrato de acceso a compensación de excedentes, teniendo que obtener una respuesta en un plazo máximo de 10 días. Pasado ese plazo, se darán por aceptadas las condiciones de la compensación de excedentes.

Siguiendo todos estos pasos, ya tendrás lista la instalación preparada.